A tener en cuenta:
En la reunión de la CAPD de fecha 9 de diciembre de 2023 se acordó:
– LA DIRECCIÓN DE TFG Y TFM POR PARTE DE DOCTORANDOS-AS NO SE VALIDA COMO FORMACIÓN IMPARTIDA.
LA CAPD NO VALIDARÁ ACTIVIDADES ESPECÍFICAS
CUANDO SE SUPEREN LAS 600 HORAS OBLIGATORIAS. LA EXCEPCIÓN SERÁ EN EL CASO DE PRESENTAR ALGUNA PUBLICACIÓN EN REVISTA INDEXADA O UNA ESTANCIA DE INVESTIGACIÓN. ESTE TIPO DE ACTIVIDAD SE VALIDARÁ PARA QUE FIGURE EN EL CV DEL DOCTORANDO-A.
Sólo son obligatorias las actividades que tienen indicados un MÍNIMO de horas.
En los casos en los que la actividad pueda adjudicarse un amplio margen de horas, será la comisión(CAPD) la que determine.
En cada Actividad Específica hay un número distinto de indicadores que se pueden sumar entre ellos.
El doctorando deberá subir a la aplicación SENIA todos los elementos digitales por los que quiera computar en cada tipo de actividad específica o indicio.
Justificación de actividades:
Justificar actividades con pdf o jpg.
Reproducción de obra en libro o revista será considerado reflexión sobre la obra: REPERCUSIÓN.
En el caso de libro, capítulo de libro o catálogo, se adjuntará imagen de la primera y última página de la participación y la página de los créditos e índice.